miércoles, 25 de septiembre de 2013

POSTUREO; PERO DEME USTED SUBVENCIONES

Vamos a ver, y que se me entienda, el que quiera entender. Vamos a partir de las siguientes premisas: El Ministro Wert s un pedazo de impresentable que se va a cargar la educación y la cultura si no hacemos algo (y ahí es donde voy con esta reflexión);Juan Antonio García Bayona, por lo que cuentan, es un gran director de cine, y, por tanto un artista.

Voy a hablar de la noticia de ayer que vi por encima en la tele. A este señor le han concedido el Premio Nacional de Cinematografía 2013 Por (y cito literalmente el BOE de 5 de septiembre de 2013:http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-9483 "Por su obra «Lo Imposible», de la que el Jurado no solo ha valorado su calidad y la alta aceptación conseguida, sino también su sobresaliente contribución a la imagen internacional de nuestra cinematografía".
Este señor sabe del prmio desde que el Jurado lo falló el día 5 de junio de 2013, o unos días después :http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-6304.

Ayer, En una acción que considero de postureo, (sí, de postureo), puso mala cara en la entrega cuando el ministro le dio el premio y se hicieron la foto. Razón, entre otras, por el IVA cultural (que se está carganado ,eso sí es verdad, la cultura). Pero hay dos cosas que yo m regunto y sobre las que reflexiono:

1ª. Este premio está dotado económicamente con 30000 euros, que no creo el Sr. bayona haya rechazado (o sí, que alguien me corrija). Además, como digo y demusstro, hac meses que conoce esta decisión con lo que podía haber elegido no ir en señal de protesta para no salir con el Ministro al lado (he dicho postureo porque est preio , que es importante, no creo que merezca cuando lo gans sa mala cara. Lo han ganado señores como: Bardem, que sí sonrió con ZP el cultureta; Maribl Vrdú; Alex de la Iglesia; y otros señores y señoras diseñadores, músicos, críticos de cin y demás). Ojo, me parece bien que proteste de ésta y otras maneras, pro no s´si sirve para algo cobrar el premio y criticar.

2ª. Se viene diciendo qu el IVA cultural se ha cargado las salas de cine. Y yo pienso que no. Es muy sencillo, ver una pli pirata en tu casa or internet, la bajes tú o te la dejen; o comrarla n un video club on line para verla, es más barato qu ir al cine (y más cómodo). hago una propuesta para directores, productores, cinéfilos y demás: las cooias en las salas de cine podrían ser más barata para que el señor o señora que la gestione puda abaratar precios y hacer que la gente vaya. Por qué no oder descargar legalmente el señor de la sala a diario en cada sesión esa peli or un módico precio (más que un particular) y pagar en virtud de la gente que asista a ver cada sesión y cada película. Entonces todos podríamos pagar cine y todos ganarían.

Espero que se me haya entiendido bien porque yo no soy profesional de la cultura, pero sí que el IVA al 21% lo pago en mis facturas como Abogado, con lo que Wert y otros impresentables, me están jodiendo. Eso sí, no me dan premios ni subvenciones.

NUEVA PLANTA JUDICIAL: OTRO GOLPE A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA.

He estado estudiando un poco la Ley de Demarcación y Planta Judicial del año 1988, la que está vigente, y comparando con el Proycto de Ley que el Gobierno quiere aprobar. Como siempre, ni una ni otras son buenas; no sé quienes son los y las que legislan ( mejor dicho, quién asesora a los políticos que ya sabemos no saben mucho o nada de esto).


Pero es que lo que se pretende es un claro ataque a la tutela del artículo 24 CE, entre otros: concentrar todo en capitales de provincia, con lo que eso supone para profesionales y, sobre todo, para ciudadanos; no saben dónde van a meter a los que trabajan en los distintos partidos judiciales; ni de dónde va a salir el dinero para nuevos edificios y medios; dejan de tener sentido y existencia los Colegios Profesionals que están adaptados a los partidos judiciales actuales; desaparecerán los Juzgados de Paz, con lo que vamos a judicializar hasta la más mínima discusión entre vecinos; ....

En fin, espero que con la labor de todos y todas, estos descerebrados que no han estudiado caso por caso atendiendo a población, volumen de litigiosidad (que cada vez es mayor por el mundo en el que vivimos), los medios materiales y humanos concretos (orque a ver dónde nos metemos en la Ciudad de la Justicia de Málaga, por ejemplo, que ya la construyeron pequeña), cómo se pagan solares y edificios nuevos en esa zona, y demás barbaridades.

Como en todas las facetas de la vida, no estaría de más oir a los que a diario estamos viendo el trabajo de la Justicia en España, y no me refiero a políticos sentados en sus poltronas, ni a gente puesta a dedo en CGPJ, ni a este tipo de gente; me refiero a ciudadanos, Letrados, Procuradores, Funcionarios y otros que tendremos una opinión adaptada a la realidad y no a las que nos quieren vender.

lunes, 27 de mayo de 2013

25 DE MAYO 2013.DIEZ AÑOS DESPUÉS.



Por gentileza de RadioCampillos y su Director/Productor/Redactor/Locutor, José Trigos, el audio del Sábado. Mi discurso de agradecimiento en el Homenaje que me hace el Ayuntamiento poniendo mi cuadro en el Salón de Plenos.


(FOTO: GENTILEZA DE JOSÉ TRIGOS)






A partir del minuto 31.


jueves, 25 de abril de 2013

CONSULTAS JURÍDICAS AMICAM RADIO 25 ABRIL 2013

Hoy hemos hablado del Decreto aprobado por la Junta de Andalucía que garantiza la Función Social de la Vivienda. A partir del minuto 15.



jueves, 21 de marzo de 2013

CLAÚSULAS ABUSIVAS EN HIPOTECAS

A partir del minuto 15, el espacio de consultas jurídicas de hoy, en el que hemos hablado de la Sentencia del tribunal Europeo de Justicia acerca de las claúsulas abusivas en contratos de consumidores; en concreto, su repercusión en la Legislación hipotecaria española.


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martes, 19 de marzo de 2013

EL SUPREMO ESTUDIA ANULAR CALÚSULAS "SUELO" Y "TECHO" DE LAS HIPOTECAS


( FUENTE: CANALSUR.ES)

Esta reunión tiene trascendencia porque, además de fijar jurisprudencia, se celebra cinco días después de que el Tribunal de Justicia de la UE haya sentenciado que el régimen procesal español en cuestión de desahucios es contrario a las normativas europeas porque impide al juez paralizarlos si considera que alguna de las cláusulas hipotecarias es abusiva.

El pleno, que estará encabezado por el presidente de la Sala Juan Antonio Xiol y será a puerta cerrada, ha sido convocado de martes a jueves para resolver varios recursos de casación sobre éste y otros asuntos que afectan a intereses económicos y "muy de actualidad", tal y como anuncia el Tribunal Supremo en un comunicado.

La petición de declarar abusivas las cláusulas denominadas "suelo" y "techo" de los contratos de préstamo hipotecario a interés variable procede de la asociación de consumidores Ausbanc que tiene recurrida una sentencia de la Audiencia de Sevilla que daba la razón al BBVA y avalaba estas cláusulas en sus hipotecas.

Los magistrados también tienen encima de la mesa la petición de declarar la responsabilidad de los bancos por la gestión de capital ajeno en productos de inversión financiera de "alto riesgo" y "la alegación de incumplimiento de los deberes de diligencia en información del riesgo en la adquisición de valores".

Cientos de ciudadanos han reclamado contra entidades bancarias como perjudicados por la venta de productos financieros de "alto riesgo" a personas que no estaban cualificadas para tomar la decisión de hacer esa inversión.

La Sala resolverá recursos relativos a productos bancarios estructurados, para lo que se basará en fundamentos jurídicos que podrían ser válidos también para sentencias sobre las preferentes.

La Sala también verá otros recursos derivados de los contratos de arrendamiento celebrados bajo la vigencia del Real Decreto Ley 2/1985 (Decreto Boyer), pero sometidos a renovaciones periódicas previstas en la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, y sus consecuencias en cuanto a duración y posible desahucio del inquilino.

En otros recursos objeto de estudio también se reclama la legitimación para pedir la revocación de los contratos realizados por la empresa antes de que se haya declarado en concurso de acreedores, así como para impugnar acuerdos de las juntas de copropietarios, y si cabe la subrogación del cónyuge viudo en el contrato de arrendamiento de la vivienda.

Las sentencias que recaigan en la resolución de estos recursos servirán para fijar jurisprudencia porque "la doctrina que se contiene en ellas debe ser seguida por los tribunales inferiores", según recuerda el Supremo.

jueves, 14 de marzo de 2013

LA LEY ESPAÑOLA DE DESAHUCIOS VULNERA LAS NORMAS EUROPEAS

Por fin, un Tribual Superior, en este caso el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha dictaminado que la Legislación Española en materia de desahucios VULNERA la normativa comunitaria al respecto. Deja muy claro que nuestra legislación no garantiza a los ciudadanos una suficiente protección frente a las clausulas abusivas de las entidades financieras en las hipotecas.

En España , nuestra legislación, no permite a un ciudadano que vaya a ser lanzado de su casa poder obtener una resolución de un Juzgado que paralice el mismo invocando esas clausulas abusivas en las hipotecas que están pagando. Si un ciudadano quiere invocar esta razón, lo tendrá que hacer en otro juicio una vez que haya sido expulsado de su casa, y no creo que alguien que no tiene para pagar su casa, pueda afrontar los gatos de un procedimiento de estas características en el que vas a luchar contra el sistema financiero establecido. Dice el Tribunal Europeo, que esta protección que otorga la legislación española a posteriori es "incompleta e insuficiente porque no permite evitar la pérdida definitiva e irreversible de la vivienda" y se limita al "pago de una indemnización por daños y perjuicios". Y esta indemnización va a cubrir el valor de la casa y, ni mucho menos, viene a paliar todos los efectos negativos para la vida de la familia en el aspecto sentimental, emotivo y de vida diaria familiar (no hay más que mirar los casos de los desahucios que vemos en los medios de comunicación en los que hay personas mayores dependientes y que viven solas; niños pequeños que no entienden lo que pasa, y personas que no tienen otra casa donde ir y que llegan a quitarse la vida).



(Fuente: Diario de Salamanca)


La sentencia denuncia que "basta con que los profesionales inicien un procedimiento de ejecución hipotecaria para privar a los consumidores de la protección que pretende garantizar la directiva". hay un hecho que ni observamos ni del que nos informan cuando firmamos una hipoteca, y es que, además del valor de la misma, existe un valor que incrementa lo que nos han dado con intereses de demora y costas judiciales y es el valor por el que las demandas instan la ejecución: nos encontramos con que nos denuncia el banco y nos pide en la demanda 120000 euros, cuando sólo debemos de la hipoteca unos 80000, y es por ese valor de cara a una subasta pública que vemos (pero no leemos al firmar la hipoteca) en la escritura y en la inscripción registral.

Mucho se está hablando de la dación en pago mediante la que se pretende que , con la entrega de la vivienda, se pueda salvar la deuda con los bancos, pero esta directiva ni siquiera viene a avalar esta figura; no nos equivoquemos. La dación en pago es una figura que dejaría a los bancos en una situación que ningún gobierno va a permitir, pero sí es loable que, al menos, haya existido un pronunciamiento de un Tribunal Superior a los nuestros que hay dicho que nuestra normativa es ilegal a todas las luces con las directrices que marca la Unión Europea. "La normativa española no se ajusta al principio de efectividad, en la medida en que hace imposible o excesivamente difícil, en los procedimientos de ejecución hipotecaria iniciados a instancia de los bancos y en los que los consumidores son parte demandada, aplicar la protección que la directiva confiere a estos últimos".

Sí es cierto, y creo que es lo mejor de la resolución, que la misma se ha dictado a raíz de una denuncia presentada por un ciudadano contra la entidad Catalunya Caixa que fue desahuciado en enero de 2011 por impago de hipoteca. A raíz de esta expulsión y de esta denuncia, un Juzgado de lo Mercantil de Barcelona presentó una cuestión al Tribunal Europeo que es la que ahora se contesta con esta resolución.El ciudadano den cuestión solicitaba que el procedimiento de ejecución hipotecaria se declarara nulo tras solicitar que se declarara nula una clausula de su préstamos hipotecario

Y digo que es lo mejor, porque demuestra el impulso y las ganas ciudadanas de luchar contra una legislación injusta viendo que los legisladores y el poder ejecutivo no hacen más que lanzar balones fuera con este tema del que todos y ninguno se hacen responsables.

Concluye la sentencia que "La directiva sobre las clausulas abusivas se opone a una normativa nacional, como la normativa española en cuestión, que no permite al juez que conoce del proceso declarativo, es decir, el que tiene por objeto declarar el carácter abusivo de una clausula, adoptar medidas cautelares, en particular la suspensión del procedimiento de ejecución, cuando sean necesarias para garantizar la plena eficacia de su decisión final".



jueves, 31 de enero de 2013

ESPACIO CONSULTAS JURÍDICAS AMICAM RADIO.31 ENERO 2013

A partir del minuto 10:28 Espacio de Consultas Jurídicas de AMICAM RADIO. Hoy hemos hablado de : contrato de trabajo para ciudadano europeo; pluriactividad; retenciones IRPF de ejercicios anteriores, y hemos hecho referencia a una Sentencia del TSJ de Madrid por el que se le da validez a una prestación por maternidad a una persona casada en matrimonio homosexual